Tema 11 Nº 1  Los Servicios Sociales Especializados, concepto,  tipología y régimen jurídico. Quiz

Tema 11 Nº 1 Los Servicios Sociales Especializados, concepto, tipología y régimen jurídico.

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La ley 5/2009, de Servicios sociales de Aragón define en su artículo 3 el Sistema de servicios sociales señalando

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La ley 5/2009, de Servicios sociales de Aragón define en su artículo 3 el Sistema de servicios sociales señalando

Para evitar confusión a los ciudadanos reserva a las Administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su exclusiva utilización, las expresiones

el artículo 10 nos define el Sistema Público de Servicios Sociales

La finalidad del Sistema es garantizar el acceso y uso de los recursos sociales en condiciones

El Sistema Público de Servicios Sociales asegura la acción coordinada entre las diferentes Administraciones con participación en el mismo y se estructura en dos niveles de atención:

Los servicios sociales especializados

Artículo 17 Funciones de los servicios sociales especializados

En el artículo 20 se determina el ámbito territorial de los servicios sociales especializados indicando que es el Gobierno de Aragón quien al aprobar el Mapa de Servicios Sociales

Se consideran prestaciones de servicio del sistema público los servicios e intervenciones realizados por equipos profesionales

Son prestaciones de servicio en los servicios sociales especializados

Servicios de alojamiento permanente o temporal

Servicios para el apoyo del mantenimiento de las personas en su domicilio. Conjunto de recursos orientados a la atención integral especializada de las personas con el objetivo de mejorar o mantener el mejor nivel posible de autonomía personal y apoyar a sus familias o personas cuidadoras, con el fin de posibilitar su permanencia en su domicilio y entorno habitual, incluyendo:

Respecto de la financiación, con carácter específico, la Administración de la Comunidad Autónoma debe consignar en sus presupuestos los créditos necesarios para financiar los servicios sociales generales y especializados

En el Gobierno de Aragón, es responsabilidad del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, la gestión de los Servicios Sociales especializados

En el Gobierno de Aragón, es responsabilidad del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, la gestión de los Servicios Sociales especializados. El IASS se creó por la Ley 4/1996, de 22 de mayo, relativa al Instituto Aragonés de Servicios Sociales

Artículo 3. Funciones 1. Corresponde al Instituto Aragonés de Servicios Sociales con carácter general, la gestión de los siguientes centros, establecimientos y servicios

Establece como áreas de actuación distintos colectivos, a través de una concepción estanca de colectivos específicos, ampliamente superada por la ley de servicios sociales.

Como principios se seguirán

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